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Legislación y protección de aves

El tráfico de especies animales es, junto al tráfico de drogas y el de armas, uno de los principales comercios ilegales que diariamente se produce en los diferentes territorios del planeta Tierra. Muchas de las aves exóticas que habitan en diferentes hogares proceden de lugares en los que vivían en estado salvaje. Las legislaciones, dictámenes y convenios internacionales pretenden asegurar la perdurabilidad de estas especies y conseguir a toda costa la conservación de la biodiversidad.

Muchas especies de loros han sufrido capturas excesivas, disminuyendo de forma peligrosa sus poblaciones salvajes y poniéndolas al borde del peligro de desaparición como especie. El loro gris de cola roja “Yaco” o Psittacus Erithacus, por ejemplo, fue la segunda psitácida más comercializada en todo el mundo durante el período de 1982 a 1989.

En las tiendas especializadas se puede encontrar animales procedentes de importaciones legales o de la misma especie criados en cautividad. La tendencia actual es que el mayor número de aves posible proceda de la cría. En Estados Unidos está totalmente prohibida la entrada de animales salvajes y solo se pueden vender las aves procedentes de la cría en cautividad. Desafortunadamente aun existen cierto tipo de propietarios, clientes y criadores, que siguen buscando animales procedentes de su lugar de origen, que son arrancados de su plácida y tranquila vida en la naturaleza para ser traídos a cautiverio.

LEGISLACIÓN

Entre las leyes que regulan la tenencia de especies exóticas las más conocidas son las que forman parte de la CITES (Convention of International Trade in Endargered Species of Wild Fauna and Flora, que significa, “Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre”). Este tratado también se conoce como “Convenio de Washington”, por la ciudad en la que se firmó el 3 de marzo de 1973.

Legislación y protección de aves - rescate de avesImagenDeepwater Horizon Response.


La CITES (www.cites.org) tiene como fin velar para que el comercio internacional de especies de animales y plantas silvestres no se convierta en una amenaza para su supervivencia. Un dato importante es que desde que entró en vigor el Convenio no se ha extinguido ninguna de las especies amparadas por el texto. Estas especies están incluidas en tres apéndices que se distinguen por los distintos niveles de protección que necesitan los animales y plantas que los componen:

Apéndice I

Se incluyen todas las especies en peligro de extinción. El comercio de estas especies solo se autorizará bajo circunstancias especiales. http://www.cites.org/esp/gallery/species/

Apéndice II

Incluyen aquellas especies que no se encuentran necesariamente en peligro de extinción, pero su comercio debe controlarse para evitar futuros problemas de supervivencia.

 

 

Apéndice III

Se incluyen especies que están protegidas al menos en un país; éste solicita al resto de países el control del comercio de estas especies.

Antes de permitirse el traslado del animal, la Autoridad Científica deberá verificar si la persona que propone recibir el ejemplar podrá albergarlo y cuidarlo de forma adecuada a sus necesidades fisiológicas y etológicas. Solo podrán moverse estas especies si han sido obtenidas de forma legal y si el transporte asegura la reducción al mínimo de cualquier riesgo de lesión, deterioro en la salud o maltrato.

HalcónImagen«timquijano».


A pesar de todas las intervenciones para evitar este sucio negocio, se siguen escuchando noticias de incautaciones de animales, de multas a comerciantes por tráfico y venta ilegal de animales. Cuando un ejemplar ha sido “arrancado” de su lugar de origen de forma ilegal, su llegada al nuevo destino resulta traumática. Todos debemos aportar un granito de arena a esta causa, denunciar estos movimientos ilegales para ayudar a muchas especies a vivir felices en sus hogares y no en los nuestros.

Cuando compres un animal de determinada especie, debes exigir una factura en la que figure el número CITES del animal y verificar si ese ejemplar figura en el apéndice CITES correspondiente.

Legislación y protección de aves - jaula grande Imagen«Audrey».


Para que un ave sea feliz en el hogar humano en que va a vivir es importante intentar mantener sus condiciones lo más naturales y salvajes posibles, así como estudiar todo lo que tiene que ver con su especie, cuidados, alimentación y enfermedades. Este enlace proporciona información más extensa acerca de la legislación y protección de aves: http://www.fao.org/docrep/005/Y3844S/y3844s04.htm

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Cristina Pichon Wütscher

Cristina Pichon es una psicóloga especializada en psicología clínica por la Universidad Complutense de Madrid. Realizó un curso Internacional en Auxiliar de Clínica Veterinaria en el Centro de Estudios Profesionales CCC (España). Desde el 2012 se dedica exclusivamente a la investigación del mundo animal, con un énfasis en perros y gatos con problemas de movilidad. Su mayor aspiración en la vida es crear un refugio para animales abandonados, y tiene la certeza de que cumplirá su sueño algún día.

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